ALQUILERES Y REDUCCIÓN DEL 70%

  • Autor de la entrada:
  • Categoría de la entrada:Sin categoría

Alquileres y reducción del 70%

A partir de 2024 los alquileres y reducción del 70% al arrendar una vivienda situada en una zona tensionada, si el arrendatario es menor de 35 años o es una administración u ONG dedicada al alquiler social, puede ser de aplicación una reducción del 70% en el IRPF.

ALQUILERES Y REDUCCIÓN DEL 70%
ALQUILERES Y REDUCCIÓN DEL 70%

 

ZONAS TENSIONADAS

Incentivos. A partir de 2024, si usted es propietario de una vivienda situada en una zona de mercado residencial tensionado formaliza un alquiler (para su uso como vivienda), puede disfrutar de importantes ventajas en su IRPF.   Varias comunidades autónomas ya han hecho públicas las localidades que cumplen los requisitos para ser zona tensionada. No obstante, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana debe emitir una resolución con la lista definitiva.

Reducciones elevadas. En concreto, los alquileres de las viviendas situadas en estas zonas pueden disfrutar de una reducción superior al 50%, aplicable en general a los alquileres de viviendas:

  • La reducción es del 90% en caso de que en el nuevo contrato de alquiler que se formalice la renta inicial se rebaje en más de un 5% en relación con la última renta del anterior contrato (para más información, “
  • La reducción es del 70% si no se cumple el requisito de disminución de rentas, pero se arrienda a ciertas personas o entidades.

REDUCCION DEL 70%

Para alquiler social. En primer lugar, se aplica una reducción del 70% en las siguientes viviendas:

  • Las arrendadas a administraciones o entidades sin fines lucrativos para que las destinen al alquiler social con una renta mensual inferior a la establecida en el programa de ayudas del plan estatal de vivienda o al alojamiento de personas en situación de vulnerabilidad económica.
  • Las acogidas a algún programa público de vivienda en virtud del cual se establezca una limitación en la renta del alquiler .

Primer alquiler y menores de 35 años. También es aplicable una reducción del 70% cuando la vivienda s e alquile por primera vez y los arrendatarios tengan entre 18 y 35 años.  Si hay varios inquilinos, la reducción se aplica en proporción a los arrendatarios con esa edad; por ejemplo, si hay dos inquilinos y sólo uno tiene menos de 35 años, se aplica sólo a la mitad de la renta (la otra mitad tiene reducción del 50%).

Verificación. En estos casos, por tanto, si va a alquilar su vivienda y no va a poder disfrutar de la reducción del 90% por no rebajar la renta exigida en el anterior contrato en más de un 5%, verifique si puede acogerse a alguno de los supuestos en los que la reducción es del 70%.

Para más información contacta con nosotros: tu gestoría especializada en reducción de alquileres en Ciudad Real